Denuncian "Tiendita" en un Fraccionamiento Privado; fiscalía revienta la residencia y hay dos detenidos
- Editor M
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Chihuahua.- La Fiscalía de Distrito Zona Centro, obtuvo la vinculación a proceso de los imputados, María Mariana G. P. y Edgar Adrián A. G., por delitos contra la salud y posesión de arma de fuego de uso exclusivo del Ejército y las Fuerzas Armadas.
Derivado de las indagatorias a cargo de la Unidad Especializada en Investigación de Delitos de Narcomenudeo, se detuvo en flagrancia a los imputados el 4 de noviembre de 2025, durante el cumplimiento de una orden de cateo, en un domicilio de la calle Gela, en el Fraccionamiento Romances de la ciudad de Chihuahua.
La intervención judicial dirigida por el Ministerio Público, elementos de la Agencia Estatal de Investigación y peritos, tuvo el apoyo de elementos del Grupo de Inteligencia Policial de la Dirección de Seguridad Pública Municipal, de la Guardia Nacional y de la Secretaría de la Defensa Nacional.
Al interior del domicilio, María Mariana G.P. y Edgar Adrián A.G, estaban en posesión de 267.54 gramos de metanfetamina y 219.16 gramos de cannabis, así como de un arma larga tipo fusil, cal. 223, diversos cartuchos útiles de distintos calibres y cargadores de armas de fuego, hechos por los que se les formuló imputación.
En la audiencia celebrada el pasado martes 11 de noviembre, el agente del Ministerio Público a cargo de la carpeta de investigación, acreditó la probable responsabilidad de los imputados, consiguiendo que el Juez de Control del Distrito Judicial Modelos conocedor de la causa penal 4511/2025, resolviera vincularlos a proceso.
Situación jurídica que enfrentarán bajo la medida cautelar de prisión preventiva, para lo cual se fijó un plazo de 2 meses para la investigación complementaria.
Con estas acciones que se realizan de manera permanente y gracias a las denuncias anónimas, se combate la compra y venta de droga, garantizando seguridad a la población.
**De acuerdo con las leyes y normas vigentes, los imputados se presumen inocentes mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por la autoridad judicial (artículo 13 del Código Nacional de Procedimientos Penales).

















